Excelentísima Tania Reneaum Panszi Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos Washington, D.C. Su Despacho.-

 Venezuela, 13 de abril del 2026


Excelentísima
Tania Reneaum Panszi
Secretaria Ejecutiva de la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Washington, D.C.
Su Despacho.-

Nosotros: los abajo firmantes, impedidos de dirigirnos a nuestros tribunales nacionales, debido al secuestro al que nos tiene sometidos el régimen expoliador desde hace 27 años, de todos los poderes fundamentales de un Estado de Derecho, así como de nuestras libertades inherentes como seres humanos, al conculcarnos la magnitud y el valor del concepto de la palabra Justicia, la cual está íntimamente ligada a los criterios de Libertad, Vida,  Virtud y Dignidad.
En efecto. El significado de las palabras tiene una importancia fundamental, no solo imprescindible para la comunicación entre los seres humanos, sino también, para el indispensable y correcto desenvolvimiento de la vida en común, razón por la cual, los grandes jerarcas amantes del género humano como Moises, lo primero que hicieron fue la creación de leyes de convivencia, para que las sociedades cumplieran los Deberes por ellas instituidos y se respetaran los Derechos individuales y colectivos de los habitantes de esas comunidades y una vez, al entrar en funcionamiento las normas previamente establecidas, las expresadas poblaciones pudieran evolucionar y coexistir armónicamente.
Posteriormente, Ciro El Grande, en el año 539 a.c. con sus ejércitos conquista la ciudad de Babilonia e inmediatamente decreta una trascendental y magistral decisión, la cual está considerada como el origen de la Defensa de los Derechos Humanos al liberar a los esclavos, determinar que todas las personas tenían derecho a escoger su propia religión, y establecer igualdad entre las razas, quedando este y otros decretos, grabados en lenguaje Acadio y con escritura cuneiforme en un cilindro de barro cocido, conocido hoy como el “cilindro de Ciro”, este grabado antiguo se ha reconocido actualmente como el primer documento de los derechos humanos en el mundo y está traducido en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y sus disposiciones son análogas a los cuatro primeros artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Por estas razones, siendo la Justicia el fin primordial del Derecho, concepto este que nos viene de nuestra naturaleza humana y muchas otras de carácter filosófico, sociológico y jurídico, que consideran a los Derechos Humanos como un Derecho Natural esencial, en virtud de que la persona humana es el principio, el sujeto y el fin de todas las instituciones sociales, es por lo que ante situaciones que pongan en peligro la vida y los DDHH ínsitos a la identidad del ser humano,  es por lo que este concepto engloba a los de Moral, Ética, Libertad, Dignidad, Vida y  Virtud, los cuales inspiraron a la definición de Política estatuida por los grandes filósofos y juristas de todos las épocas, agregando, que esa ciencia debía ser ejecutada por un grupo de personas Virtuosas, principio este que quedó como un imperativo categórico postulado por Kant  para nuestra civilización («Obra sólo según aquella máxima por la cual puedas querer que al mismo tiempo se convierta en ley universal»; y sin lugar a dudas concluimos, que es indispensable para la correcta y eficaz   ejecución de la justicia, recordar los axiomas del maestro Calamandrei, los cuales no solo constituyen un Principio Categórico sobre la acción, el proceso y la  justicia, sino también una excelsa ratificación de la separación de poderes, cuando establece que ¨la justicia es el resultado de una opción, que nunca es mecánica ni silogística, sino responsable y “creativa y la sentencia es una creación de la conciencia del juez¨, porque el derecho nace en dos momentos separados, primero en abstracto como ley y después en concreto como sentencia aplicadora de aquélla, lo que garantiza la certeza jurídica y la imparcialidad del derecho, en virtud de que la ley está formada por un conjunto normas jurídicas genéricas de convivencia social, prescritas con antelación políticamente por el poder legislativo, en las que se basará el juez para sustentar su sentencia independiente e imparcial en el caso concreto inquirido , lo que redundará en la correcta aplicación de la justicia. (LA TEORÍA DEL DERECHO EN LA OBRA DE PIERO CALAMANDREI: José Luis Monereo Pérez José Antonio Fernández Avilés, y basados en todas estas nociones y tragedias que han ocurrido en la historia de nuestra humanidad, nace la Declaración Universal de Derechos Humanos  proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), y posteriormente se constituyen  tribunales ad hoc como Nuremberg y la jurisdicción Universal, como contralores judiciales y defensores de los mismos, lo que dio origen a la creación de la Corte Penal Internacional, la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, e Instituciones como la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, para garantizar la justicia, como resultado indefectible del derecho a nuestra virtud de poder actuar con libertad y de vivir dignamente.
Ahora bien, como es de su conocimiento, que nuestro país fue secuestrado por el régimen representante de crimen organizado internacional, presidido por Chavez, Maduro, quienes además de la destrucción física, económica e institucional del país, nos provocaron la peor y mas abyecta de todas, que fue la destrucción moral y ética del ciudadano venezolano; y en estos momentos, no obstante la captura ordenada por el presidente Trump de Maduro y Cilia Flores, seguimos despojados de nuestras libertades y carentes de la justicia necesaria , para hacer valer nuestros derechos, debido a una transición inexplicablemente llevada a cabo a través de Delcy Rodriguez, quien es una de las acusadas por crímenes de Lesa Humanidad, y sancionada por corrupción es la encargada de defender a las víctimas encarceladas, torturadas y asesinadas por el régimen del cual ella formó parte.
Por consiguiente, tal como es muy bien conocido por esa Comisión, los hechos notorios (los cuales son una prueba irrefutable en si mismos) que provocaron esta desgracia, que venimos soportando estoicamente desde hace 27 años, muy respetuosamente les solicitamos, que esa CIDH por usted representada, y conjuntamente actuando de oficio con la Comisión de Derechos Humanos de la ONU; y con la Corte Penal Internacional de conformidad al acuerdo de colaboración con la CIDH, comiencen los juicios por crímenes de Lesa Humanidad, en contra de Delcy y su hermano Jorge Rodriguez, Tarek Wiliam Saab, Padrino López, Diosdado Cabello y demás criminales del narco asesino régimen secuestrador, de conformidad con los artículos 8,,23,24 y 25, de la Convención Americana de los Derechos Humanos, y 6 del Protocolo de San Salvador; y del artículo siete del Estatuto de Roma. 



FIRMANTES:
Alvaro Rotondaro Gómez
Roberto A. Martín M.
Carlos Alfonso
Pedro Polanco
Carlos R. Alvarado Grimán CIV. 5006657
CARMEN Aurelia Fernández CIV. 3949903
Julián Gutiérrez
Armando Michelangeli Ayala . C, I : 2140.133  
 Victor J Poleo Uzcátegui CIV 1759052






(MAS FIRMAS EN DEPOSITO)










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