Comunicación a la Comisión Interamericana de DDHH ALVARO ROTONDARO GÓMEZ

Pampatar, 29 de octubre del 2017

REF: P-777-15
Ciudadano
Paulo Abrâo
Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Washington, D.C.-
                                                                        
Señor Secretario Ejecutivo:
Yo, Álvaro Rotondaro Gómez, de nacionalidad venezolana, casado, abogado, titular de las Cédula de Identidad venezolana No. 1.755.707; y con domicilio procesal en el Edificio Mirador Plaza, entre las avenidas Mero y Sábalo, Torre C; Apartamento C-4 del Distrito Maneiro del Estado Nueva Esparta, Pampatar, Venezuela; procediendo en este acto en mi propio nombre, en relación a mi Petición registrada bajo el número de Referencia, ante usted con el debido respeto ocurro y expongo:
Me dirijo ante esa honorable  Comisión y ante usted con el debido respeto, ya que la situación por mi denunciada en la Petición arriba mencionada de fecha 11 de febrero de 2015, en la Adenda del 31 de diciembre del 2015, y en los Addendum, Adenda II de fecha 12 de mayo del 2016, Addenda III del 7 de enero del 2017, Addenda IV del 9 de febrero del 2017, y la Addenda V del 22 s de marzo retropróximo, enviadas por mi a esa ilustre Comisión, las cuales doy aquí por reproducidas, pruebas éstas que demostraron fehacientemente la presencia de las FARC, de las guerras intestinas entre representantes del gobierno, de las fuerzas armadas del país vs. las mafias que controlan la explotación del oro en esa regiones de los Estados Bolivar y Amazonas de Venezuela, y los daños ilimitados y de incalculables consecuencias sociales, ambientales, pero sobre todo humanas, de todo lo que estaba acaeciendo en esa zona y en los Estados Bolívar y Amazonas de Venezuela, ha empeorado de una manera tan alarmante, que es la razón por la cual, me estoy dirigiendo nuevamente a ustedes, para consignar una nueva prueba que ratifica todo lo  expuesto y la angustia expresada por mí, tanto en la Petición, como en los Adendum ut supra mencionados y que ponen en un grave peligro, no solo a nuestro país, sino a toda la humanidad, la cual considero muy importante debido a las consecuencias, relativas a los destrozos de todo lo relacionado con la fauna, la flora y el ambiente en general (bosques, reservas hídricas, etc.), al deterioro de los derechos humanos, no solo de las comunidades indígenas que habitan desde hace siglos en esas zonas, así como, los perjuicios ocasionados, por las mismas razones, a campesinos y productores agropecuarios que laboran en esas tierras, a los crímenes que se están perpetrando, en las guerras que están protagonizando las mafias mineras en esas zonas, con el conocimiento y complacencia de los mas altos funcionarios del gobierno venezolano y, a los seres humanos en general y, es por lo que muy respetuosamente les solicito sea incorporada en la Petición de Referencia, número  P-777-15; de fecha 11 de febrero del 2015, la nueva prueba marcada alfa numéricamente (R22), la cual se refiere a la denuncia consignada por el diputado Américo de Grazia por ante la Asamblea Nacional, relativa a la guerra entre la fuerza armada nacional bolivariana (fanb) y un pran que tiene por sobrenombre “Fausto” en la cárcel de El Dorado, ubicada en el estado Bolívar, la cual se explica por si sola (nótese que cada vez que me refiero a estos protervos militares y gobierno, siempre uso minúsculas, ya que sería una afrenta a la civilidad exornar con mayúsculas a tan grotesca y criminal tiranía).
Distinguido Secretario, como usted podrá constatar de la lectura de la denuncia del diputado de Grazia, arriba señalada, es una NOTITIA CRIMINIS y, como siempre, al igual que la denuncia contenida en el reportaje del periódico Correo del Orinoco (prueba R21) y la que hice yo en el periódico El Universal (periódico de cobertura Nacional), el domingo 8 de febrero del 2015, en la columna muy afamada de ese medio denominada EXPEDIENTE, a ustedes anexada en mi Petición de Referencia, lo cual sin duda alguna es igualmente una NOTITIA CRIMINIS, la Fiscalía General de la República no actuó como era su deber, ya que los delitos de acción pública son pesquisables de oficio prescindiendo de la voluntad o decisión del ofendido y, es por ello que la Fiscalía, actuando en representación del Estado, una vez que le llega la notitia criminis, iniciará – obligatoriamente, siempre y en todos los casos las investigaciones para encontrar las pruebas que permitan iniciar la Instrucción fiscal y el proceso judicial hasta la sentencia definitiva, pero desafortunadamente esta institución forma parte de la corrupta, espuria y parcializada justicia venezolana y su complicidad con el poder ejecutivo, situación muy bien conocida por ustedes, ya que en varias oportunidades se han pronunciado mediaticamente al respecto, definiendo magistralmente con lujo de detalles el horror y la anomia de justicia en Venezuela, así como la corrupción en el poder judicial, que impide ocurrir a los organismos jurisdiccionales para obtener justicia.
En pocas palabras, resumiendo lo denunciado, tanto en mi Petición P-777-15 de fecha 11 de febrero de 2015, como en todos los Addendum ut supra citados, así como lo denunciado por el diputado de Grazia, que en esta AddendaVI les estoy remitiendo, no nos queda ninguna duda que existe una guerra de carteles mafiosos extrayendo oro y coltan, con la anuencia, amparo y colaboración de la gobernación del Estado Bolivar, altos funcionarios del gobierno y las fuerzas armadas del país, en vista de que esos minerales son enviados a Colombia en aviones militares, para poder ser vendidos en ese país, ya que en Venezuela no pueden ser exportados debido a que no existen los permisos internacionales para realizar esas ventas y, por esa razón, tratando de esconder esos crímenes tan atroces, los cuales están previstos y sancionados en la Convención Americana de los Derechos Humanos, en el Estatuto de Roma (crímenes de genocidio y de lesa humanidad), es que inventaron el otro HORROR, El decreto del Arco Minero, el cual no han podido afortunadamente empezar debido a que le deben miles de millones de dólares a las compañías que ellos están invitando a continuar destruyendo esas zonas.
En vista, de que el presente escrito es una Addenda de mi Petición del 11  de  febrero del 2015, registrada bajo el # : P-777-15; ratifico todo lo concerniente a las condiciones de admisibilidad para este alegato, así como también, lo relativo a que la Petición no ha sido sometida ni resuelta por ninguna otra instancia internacional, además de confirmar lo consagrado en el Capítulo del derecho relativo los artículos infringidos por el Estado venezolano de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la violación por parte del Estado venezolano del artículo 6 del protocolo adicional a la Convención americana sobre derechos humanos en materia de derechos económicos sociales y culturales, “Protocolo de San Salvador” – derecho al trabajo
                                        

PETITORIO
Muy respetuosamente solicito a esa Ilustre Comisión, que por todas las consideraciones anteriores y, una vez constatados los hechos denunciados en la documentación que consignamos en la Petición antes citada, de fecha 11 de febrero del 2015; en la Addenda del 31 de diciembre del 2015; en la Addenda de 12 de mayo del 2016; en la Addenda del 7 de enero del 2017; en la Addenda del 9 de febrero del 2017 y de la presente Addenda:
1.- Que se admita mi Petición antes citada, de fecha 11 de febrero del 2015.
2.- Que se declare que el Estado de Venezuela ha violado los derechos fundamentales consagrados en los Artículos 5, 11, 8, 21, 24, y 25 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, y 6 del Protocolo de San Salvador, con todas las consecuencias que para mí  y los empleados y sus familias se han derivado de las actuaciones arbitrarias, ilegales y discriminatorias por parte de los órganos administrativos y jurisdiccionales del Estado venezolano.
3.-Que se ordene al Estado de Venezuela dictar las medidas administrativas y judiciales que sean necesarias para garantizarnos el goce y disfrute de nuestros derechos fundamentales, y especialmente el derecho de propiedad, así como también el de  todas las personas señaladas anteriormente y en especial, que se proceda inmediatamente a la derogatoria del decreto arriba señalado  y, en consecuencia, se ordene al Estado de Venezuela adoptar las medidas reparadoras al destrozo ambiental y humano, ordenándole al Estado de Venezuela dictar las medidas administrativas y judiciales que restituyan la situación jurídica infringida por el Estado.

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Dr.Álvaro Rotondaro Gómez
Dirección: Edificio Mirador Plaza, entre las avenidas Mero y Sábalo, Torre C, Apartamento C-4 del Distrito Maneiro del Estado Nueva Esparta, Pampatar, Venezuela
Cumplo con remitirles mis nuevos correos electrónicos, para las comunicaciones y notificaciones que ustedes tengan a bien enviarme:

Teléfono.- 584143147716







Denuncian enfrentamiento entre la FANB y pran de El Dorado
El diputado por el estado Bolívar, Américo de Grazia, indicó que el conflicto se debe a la disputa por el control del oro en el Arco Minero
 
AFP
Minería de oro  (foto referencial)
Por EL NACIONAL WEB

28 DE OCTUBRE DE 2017 06:45 PM | ACTUALIZADO EL 28 DE OCTUBRE DE 2017 18:56 PM
Américo de Grazia, diputado a la Asamblea Nacional, denunció una guerra entre la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y un pran que tiene por sobrenombre Faustoen la cárcel de El Dorado, ubicada en el estado Bolívar.
De Grazia explicó a Twitter que el conflicto se debe principalmente por el control del oro en la zona del Arco Minero del Orinoco, uno de los lugares con la mayor reserva de este metal en todo el país.
El diputado también indicó que en el centro de reclusióhay una serie de protestas cívicas en contra del enfrentamiento que se desarrolla entre la FANB y el El Bunquer de Faustodonde, de acuerdo con De Grazia, hay presencia helicópteros, detonaciones de bombas y tiros.

Americo De Grazia
@AmericoDeGrazia
En este momento,guerra campal en El Dorado. FAN versus uno de los pranes. Por el control del Oro en la zona. Helicoptero,plomo y bombas.









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