Comunicación a la Comisión Interamericana de DDHH ALVARO ROTONDARO GÓMEZ
Pampatar, 29 de octubre del 2017
REF:
P-777-15
Ciudadano
Paulo Abrâo
Secretario Ejecutivo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos
Washington, D.C.-
Señor Secretario Ejecutivo:
Yo, Álvaro Rotondaro Gómez, de nacionalidad venezolana,
casado, abogado, titular de las Cédula de Identidad venezolana No. 1.755.707; y
con domicilio procesal en el Edificio Mirador Plaza, entre las avenidas Mero y
Sábalo, Torre C; Apartamento C-4 del Distrito Maneiro del Estado Nueva Esparta,
Pampatar, Venezuela; procediendo en este acto en mi propio nombre, en relación
a mi Petición registrada bajo el número de Referencia, ante usted con el debido
respeto ocurro y expongo:
Me dirijo ante esa honorable Comisión y ante usted con el debido respeto, ya que la
situación por mi denunciada en la Petición arriba mencionada de fecha 11 de
febrero de 2015, en la Adenda del 31 de diciembre del 2015, y en los Addendum,
Adenda II de fecha 12 de mayo del 2016, Addenda III del 7 de enero del 2017,
Addenda IV del 9 de febrero del 2017, y la Addenda V del 22 s de marzo retropróximo,
enviadas por mi a esa ilustre Comisión, las cuales doy aquí por reproducidas,
pruebas éstas que demostraron fehacientemente la
presencia de las FARC, de las guerras intestinas entre representantes del
gobierno, de las fuerzas armadas del país vs. las mafias que controlan la
explotación del oro en esa regiones de los Estados Bolivar y Amazonas de
Venezuela, y los daños ilimitados y de incalculables consecuencias sociales,
ambientales, pero sobre todo humanas, de todo lo que estaba acaeciendo en esa
zona y en los Estados Bolívar y Amazonas de Venezuela, ha empeorado de una
manera tan alarmante, que es la razón por la cual, me estoy dirigiendo
nuevamente a ustedes, para consignar una nueva prueba que ratifica todo lo
expuesto y la angustia expresada por mí, tanto en la Petición, como en
los Adendum ut supra mencionados y que ponen en
un grave peligro, no solo a nuestro país, sino a toda la humanidad, la cual
considero muy importante debido a las consecuencias, relativas a los destrozos
de todo lo relacionado con la fauna, la flora y el ambiente en general
(bosques, reservas hídricas, etc.), al deterioro de los derechos humanos, no
solo de las comunidades indígenas que habitan desde hace siglos en esas zonas,
así como, los perjuicios ocasionados, por las mismas razones, a campesinos y
productores agropecuarios que laboran en esas tierras, a los crímenes que se
están perpetrando, en las guerras que están protagonizando las mafias mineras
en esas zonas, con el conocimiento y complacencia de los mas altos funcionarios
del gobierno venezolano y, a los seres humanos en general y, es por lo que muy
respetuosamente les solicito sea incorporada en la Petición de Referencia, número P-777-15; de fecha 11 de febrero del 2015, la
nueva prueba marcada alfa numéricamente (R22), la cual se refiere a la denuncia
consignada por el diputado Américo de Grazia por ante la Asamblea Nacional,
relativa a la guerra entre la fuerza armada nacional bolivariana
(fanb) y un pran que tiene por sobrenombre “Fausto” en la cárcel de El Dorado, ubicada en el
estado Bolívar, la cual se explica por si sola (nótese que cada vez que me refiero a
estos protervos militares y gobierno, siempre uso minúsculas, ya que sería una afrenta a la civilidad exornar con mayúsculas a tan grotesca y
criminal tiranía).
Distinguido Secretario, como usted
podrá constatar de la lectura de la denuncia del diputado de Grazia, arriba señalada,
es una NOTITIA CRIMINIS y, como siempre, al igual que la denuncia contenida en
el reportaje del periódico Correo del Orinoco (prueba R21) y la que hice yo en
el periódico El Universal (periódico de cobertura Nacional), el domingo 8 de
febrero del 2015, en la columna muy afamada de ese medio denominada EXPEDIENTE,
a ustedes anexada en mi Petición de Referencia, lo cual sin duda alguna es
igualmente una NOTITIA CRIMINIS, la Fiscalía General de la República no actuó como
era su deber, ya que los delitos de acción
pública son pesquisables de oficio prescindiendo de la voluntad o decisión del
ofendido y, es por ello que la Fiscalía, actuando en representación del Estado,
una vez que le llega la notitia criminis, iniciará – obligatoriamente, siempre
y en todos los casos las investigaciones para encontrar las pruebas que
permitan iniciar la Instrucción fiscal y el proceso judicial hasta la sentencia
definitiva, pero desafortunadamente esta institución forma parte de la corrupta, espuria y parcializada justicia venezolana
y su complicidad con el poder ejecutivo, situación muy bien conocida por
ustedes, ya que en varias oportunidades se han pronunciado mediaticamente al
respecto, definiendo magistralmente con lujo de detalles el horror y la anomia
de justicia en Venezuela, así como la corrupción en el poder judicial, que
impide ocurrir a los organismos jurisdiccionales para obtener justicia.
En pocas
palabras, resumiendo lo denunciado, tanto en mi Petición
P-777-15 de fecha 11 de febrero de 2015, como en todos los Addendum
ut supra citados, así como lo denunciado por el diputado de Grazia, que en esta
AddendaVI les estoy remitiendo, no nos queda ninguna duda que existe una guerra de
carteles mafiosos extrayendo oro y coltan, con la anuencia, amparo y colaboración
de la gobernación del Estado Bolivar, altos funcionarios del gobierno y las
fuerzas armadas del país, en vista de que esos minerales son enviados a
Colombia en aviones militares, para poder ser vendidos en ese país, ya que en
Venezuela no pueden ser exportados debido a que no existen los permisos
internacionales para realizar esas ventas y, por esa razón, tratando de
esconder esos crímenes tan atroces, los cuales están previstos y sancionados en
la Convención Americana de los Derechos Humanos, en el Estatuto de Roma (crímenes
de genocidio y de lesa humanidad), es que inventaron el otro HORROR, El decreto
del Arco Minero, el cual no han podido afortunadamente empezar debido a que le
deben miles de millones de dólares a las compañías que ellos están invitando a
continuar destruyendo esas zonas.
En vista, de que el presente escrito
es una Addenda de mi Petición del 11 de
febrero del 2015, registrada bajo el
# : P-777-15; ratifico todo lo concerniente a las
condiciones de admisibilidad para este alegato, así como también, lo relativo a
que la Petición no ha sido sometida ni resuelta por ninguna otra instancia
internacional, además de confirmar lo consagrado en el Capítulo del derecho
relativo los artículos infringidos por el Estado venezolano de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos y la violación por parte del Estado venezolano
del artículo 6 del protocolo adicional a la Convención americana sobre derechos
humanos en materia de derechos económicos sociales y culturales, “Protocolo de San Salvador” – derecho al
trabajo
PETITORIO
Muy respetuosamente solicito a esa
Ilustre Comisión, que por todas las consideraciones anteriores y, una vez
constatados los hechos denunciados en la documentación que consignamos en la Petición
antes citada, de fecha 11 de febrero del 2015; en la Addenda del 31 de diciembre
del 2015; en la Addenda de 12 de mayo del 2016; en la Addenda del 7 de enero
del 2017; en la Addenda del 9 de febrero del 2017 y de la presente Addenda:
1.- Que se admita
mi Petición antes citada, de fecha 11 de febrero del 2015.
2.- Que se declare que el Estado de
Venezuela ha violado los derechos fundamentales consagrados en los Artículos 5,
11, 8, 21, 24, y 25 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, y 6 del
Protocolo de San Salvador, con todas las consecuencias que para mí y los empleados y sus familias se han
derivado de las actuaciones arbitrarias, ilegales y discriminatorias por parte
de los órganos administrativos y jurisdiccionales del Estado venezolano.
3.-Que se ordene al Estado de Venezuela
dictar las medidas administrativas y judiciales que sean necesarias para
garantizarnos el goce y disfrute de nuestros derechos fundamentales, y
especialmente el derecho de propiedad, así como también el de todas las personas señaladas anteriormente y
en especial, que se proceda inmediatamente a la derogatoria del decreto arriba
señalado y, en consecuencia, se ordene al Estado de Venezuela
adoptar las medidas reparadoras al destrozo ambiental y humano, ordenándole al
Estado de Venezuela dictar las medidas administrativas y judiciales que restituyan la
situación jurídica infringida por el Estado.
Dr.Álvaro Rotondaro Gómez
Dirección: Edificio Mirador Plaza,
entre las avenidas Mero y Sábalo, Torre C, Apartamento C-4 del Distrito Maneiro
del Estado Nueva Esparta, Pampatar, Venezuela
Cumplo con remitirles mis nuevos
correos electrónicos, para las comunicaciones y notificaciones que ustedes
tengan a bien enviarme:
Teléfono.- 584143147716
Denuncian
enfrentamiento entre la FANB y pran de El Dorado
El diputado por
el estado Bolívar, Américo de Grazia, indicó que el conflicto se debe a la disputa por el control del oro en el
Arco Minero
AFP
Minería de oro (foto referencial)
Por EL NACIONAL
WEB
|
28 DE
OCTUBRE DE 2017 06:45 PM | ACTUALIZADO EL 28 DE OCTUBRE DE 2017 18:56 PM
Américo de Grazia, diputado a la
Asamblea Nacional, denunció una guerra entre la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana (FANB) y un pran que tiene por sobrenombre “Fausto” en la cárcel de El
Dorado, ubicada en el estado Bolívar.
De Grazia explicó vía Twitter que el conflicto se debe principalmente por el control del
oro en la zona del Arco Minero del Orinoco, uno de los lugares con la mayor
reserva de este metal en todo el país.
El diputado
también indicó que en el centro de reclusión hay una serie de
protestas cívicas en contra del enfrentamiento que se desarrolla entre la FANB y
el “El Bunquer de Fausto”
donde, de acuerdo con De Grazia, hay presencia helicópteros, detonaciones
de bombas y tiros.
Americo
De Grazia
✔
@AmericoDeGrazia
En
este momento,guerra campal en El Dorado. FAN versus uno de los pranes. Por el
control del Oro en la zona. Helicoptero,plomo y bombas.
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